En una reciente consulta vinculante, el Ministerio de Hacienda ha aclarado un aspecto crucial que afecta a muchos trabajadores: las indemnizaciones por despido no se consideran salario y, por ende, no están protegidas ante embargos por parte de Hacienda.
Indemnizaciones y embargos: Una realidad para muchos trabajadores
Cuando un trabajador enfrenta deudas con Hacienda, es común que se realicen embargos en su nómina para saldar dicha deuda.
Sin embargo, la incertidumbre surge cuando el trabajador es despedido y recibe una indemnización. La gran pregunta es si esta suma puede o no ser embargada, y en qué proporción.
La aclaración del Ministerio de Hacienda
El Ministerio de Hacienda, a través de consultas vinculantes, ha abordado esta interrogante, estableciendo que sueldos, salarios y pensiones son embargables según el artículo 169.2.c) de la Ley General Tributaria.
La empresa, como pagadora, retendrá la cantidad correspondiente en cada nómina hasta saldar la deuda, respetando los límites embargables.
Diferenciación de ingresos: Salario vs indemnización
La clave está en diferenciar entre los ingresos que reciben los trabajadores. Según el Estatuto de los Trabajadores, los salarios son las percepciones económicas por la prestación de servicios laborales.
Sin embargo, las indemnizaciones por traslados, sucesiones o despidos no se consideran salarios y, por lo tanto, no están protegidas por los límites embargables de estos.
Embargo total de indemnizaciones por despido
Al no ser consideradas salarios y carecer de la protección que estos tienen, las indemnizaciones por despido pueden ser embargadas en su totalidad.
Esta aclaración destaca la importancia de comprender la naturaleza de los ingresos y las implicaciones fiscales asociadas.
¿Y qué sucede con el finiquito?
En contraste, el finiquito, según la definición del Estatuto de los Trabajadores, se clasifica como salario.
Esto implica que está sujeto a protecciones específicas, no pudiendo embargarse la parte que no supere el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), mientras que el excedente se verá afectado por los tramos correspondientes.
La resolución del Ministerio de Hacienda aclara la situación para los trabajadores en proceso de despido, ofreciendo una guía sobre la naturaleza embargable o no de sus compensaciones.
Es esencial que los trabajadores estén al tanto de estas distinciones para tomar decisiones informadas sobre su situación financiera en momentos críticos.