En un contexto marcado por la constante evolución legislativa, los propietarios de viviendas destinadas al alquiler se encuentran ante nuevas oportunidades y desafíos.
La reciente aprobación de la Ley de Vivienda ha suscitado diversos debates, y uno de los aspectos más destacados es la posibilidad de deducciones fiscales que ofrece a los caseros.
La aplicación de estas deducciones puede llegar a representar hasta el 90%, según establece la ley.
Ventajas fiscales en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
La Ley de Vivienda, en su disposición final segunda, detalla los incentivos fiscales aplicables al alquiler de inmuebles destinados a vivienda. Estos incentivos tendrán efectos en los contratos firmados a partir de la entrada en vigor de la ley.
La medida tiene como objetivo principal estimular el arrendamiento de viviendas, contribuyendo así a paliar la escasez de oferta y los crecientes precios en el mercado.
Deducciones graduadas según requisitos específicos
Las deducciones contempladas por la ley varían en función de diversos criterios y requisitos. Destacamos las siguientes:
- Reducción del 90%: Aplicable cuando el arrendador formaliza un nuevo contrato de arrendamiento en una vivienda ubicada en una zona tensionada, con una reducción de más del 5% en la renta inicial respecto al contrato anterior.
- Reducción del 70%: Se aplica en casos como el alquiler por primera vez de una vivienda en una zona tensionada, con el arrendatario en el rango de edad entre 18 y 35 años, o si la vivienda se destina al alquiler social por parte de una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos.
- Reducción del 60%: Disponible cuando se han realizado obras de rehabilitación en el inmueble, independientemente de la zona.
- Reducción del 50%: Aplicable en los casos que no cumplen con los requisitos anteriores.
Consideraciones para la declaración de la renta 2024
Es importante tener en cuenta que, para aplicar las primeras deducciones, la vivienda debe estar ubicada en zonas tensionadas, aunque estas aún no han sido establecidas por ninguna Comunidad Autónoma hasta la fecha.
Asimismo, se destaca que la declaración de la Renta del año 2024 será la última en la que los propietarios puedan desgravar el 60% de forma general, como se venía haciendo hasta ahora.
Desde Idealista, el portal inmobiliario de referencia, sugieren que a partir de la Renta de 2024, que se realizará en 2025, los propietarios deberán aplicar las deducciones conforme a lo establecido en la Ley de Vivienda.
En resumen, la normativa busca incentivar el alquiler de viviendas con un enfoque particular en áreas tensionadas, promoviendo la accesibilidad a alquileres asequibles y fomentando la rehabilitación de inmuebles.
Los propietarios deberán adaptarse a estos cambios en el marco legal, considerando las nuevas condiciones para la declaración de la Renta y aprovechando las deducciones disponibles.