La Declaración de la Renta, un trámite anual que nos acerca nuevamente con la llegada del 2024, se presenta como un deber fiscal para los ciudadanos que deben abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Este proceso, que abarca actividades laborales, económicas, de capital y patrimoniales del año anterior, ofrece varias opciones para llevarse a cabo: en línea, de forma presencial, a través de la Agencia Tributaria o por vía telefónica.
Novedades en las fechas para la declaración de la renta 2023
La Agencia Tributaria ha introducido cambios notables en las fechas de la Declaración de la Renta para este año. Es esencial que los contribuyentes estén atentos para evitar posibles multas.
Según la sede electrónica, el proceso se realizará en diferentes momentos: del 3 de abril al 1 de julio de 2024 de forma ‘online’, del 7 de mayo al 1 de julio por teléfono, y de manera presencial del 3 de junio al 1 de julio de 2024.
Esta campaña se prevé como una de las más extensas de los últimos años.
Quiénes están exentos de declarar en la renta 2023
Aunque la mayoría de los contribuyentes deben cumplir con la Declaración de la Renta, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha introducido algunas novedades que eximen a ciertos individuos de este proceso.
1. Mínimo exento de tributación aumentado
El Gobierno elevó el mínimo exento de tributación en el IRPF de 14,000 a 15,000 euros el año pasado. Aquellos que ganen menos de esta cantidad están exentos de presentar la Declaración de la Renta.
Sin embargo, si un contribuyente tiene dos o más pagadores y recibe más de 1,500 euros mensuales a partir del segundo pagador, deberá presentar la declaración si la suma supera los 15,000 euros.
2. Ingresos anuales menores de 22.000 euros con un solo pagador
Una nueva excepción para este año es que aquellos que ganen menos de 22,000 euros anuales y tengan un solo pagador tampoco estarán obligados a realizar la Declaración de la Renta.
3. Pensionistas exentos por Ley
En el grupo de trabajadores exentos también se incluyen algunos pensionistas por disposición legal, según el artículo 7 de la Ley 35/2006. Estos son:
- Beneficiarios de una incapacidad permanente absoluta o de Gran Invalidez.
- Las pensiones de orfandad y de viudedad si derivan de actos de terrorismo, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Las pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta del titular.
- Prestación familiar por hijo a cargo o quien reciba una prestación derivada de actos de terrorismo.
- Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas.
Proceso fiscal de los ciudadanos
En resumen, la Declaración de la Renta 2024 presenta algunas novedades significativas, principalmente en las fechas y exenciones para ciertos contribuyentes, facilitando así el proceso fiscal para aquellos que cumplen con las condiciones establecidas.