En el mes de febrero del año 2024, la Seguridad Social llevará a cabo el pago del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación crucial para más de 2,15 millones de beneficiarios, según datos oficiales.
Sin embargo, la incógnita que surge es cuándo se realizará el ingreso, ya que la fecha varía dependiendo de la entidad bancaria utilizada por cada beneficiario.
Fechas establecidas por la Seguridad Social y variaciones por entidad bancaria
La Seguridad Social establece un rango de fechas para efectuar el pago del IMV, comprendido entre el 1 y el 4 de febrero.
Este periodo, según el artículo 24.2 del Real Decreto 696/2018, debe cumplirse, garantizando así que el dinero esté disponible para los beneficiarios a mes vencido.
No obstante, la fecha exacta del ingreso puede cambiar según la entidad bancaria. Bancos como Santander, CaixaBank o BBVA gestionan el pago desde una cuenta centralizada de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
La transferencia de fondos desde esta cuenta centralizada a las cuentas individuales de los beneficiarios debe ocurrir entre el 1 y el 4 de febrero.
Fecha valor y posibles adelantos por las entidades bancarias
El artículo 24.2 del Real Decreto 696/2018 también establece la fecha valor, que indica cuándo se considera efectivo el pago. De acuerdo con este criterio, el dinero debería estar disponible para los beneficiarios dentro del rango de fechas mencionado.
Mientras la Seguridad Social indica que el pago máximo debería realizarse el 4 de febrero, teniendo en cuenta días festivos o de fin de semana, es común que el ingreso se vea reflejado entre el 23 y el 26 de enero, según la decisión de cada entidad bancaria.
Cabe destacar que no todos los bancos tienen la obligación de adelantar el ingreso.
Revalorización del Ingreso Mínimo Vital en 2024
Para el año 2024, el Ingreso Mínimo Vital ha experimentado un aumento del 6,9%, según lo establecido en el Real Decreto-ley 2/2023.
Este aumento progresivo busca alcanzar el 75% del umbral de pobreza para un hogar unipersonal para el año 2027, basándose en la Encuesta de Condiciones de Vida del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Las nuevas cuantías anuales del IMV para diversas unidades de convivencia se detallan a continuación:
– Únicamente un adulto: 7.250,52 euros anuales, 604,21 euros mensuales.
– Un adulto y un menor: 9.425,76 euros anuales, 673,26 euros mensuales.
– Un adulto y 2 menores: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
– Un adulto y 3 menores: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
– Un adulto y más de 3 menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
– 2 adultos: 9.425,76 euros anuales, 785,48 euros mensuales.
– 2 adultos y un menor: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
– 2 adultos y 2 menores: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
– 2 adultos y más de 2 menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
– 3 adultos: 11.600,88 euros anuales, 828,63 euros mensuales.
– 3 adultos y un menor: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
– 3 adultos y 2 o más menores: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
– 4 adultos: 13.776,12 euros anuales, 1.148,01 euros mensuales.
– 4 adultos y un menor: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
– Otros: 15.951,24 euros anuales, 1.329,27 euros mensuales.
Estas cuantías son generales, y en el caso de unidades convivencia monoparentales o con miembros con discapacidad, se recomienda consultar las cuantías específicas del Ingreso Mínimo Vital según la unidad de convivencia.