El próximo año fiscal trae consigo una serie de cambios relevantes en cuanto a la declaración de la renta para los jubilados.
La Agencia Tributaria ha establecido criterios claros sobre quiénes estarán obligados a presentar su declaración en el periodo 2023-2024.
¿Cuáles son los requisitos para declarar?
Según lo establecido en el artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las pensiones contributivas, como las de jubilación, se consideran como rendimientos del trabajo.
Por tanto, los pensionistas que perciban ingresos superiores a 22.000 euros brutos al año de un único pagador, o 15.000 euros en el caso de dos pagadores, estarán obligados a presentar la declaración de la Renta en el periodo correspondiente.
¿Qué cambios se han introducido?
Una novedad importante este año es el incremento del límite total para los pensionistas con dos pagadores, que ahora pueden ascender hasta los 15.000 euros anuales, siempre y cuando el segundo pagador supere los 1.500 euros al año.
Esto abre la puerta a situaciones como rescatar un plan de pensiones, recibir una pensión en España y otra en el extranjero, o haber percibido un subsidio por desempleo junto con una pensión, entre otros casos.
¿Qué sucede con las pensiones no contributivas?
Las pensiones no contributivas, al ser inferiores al límite establecido por la ley, no están obligadas a presentar la declaración de la Renta.
Sin embargo, deberán realizar una declaración de ingresos o rentas antes del 31 de marzo de 2024, según lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 8/2015 y el Real Decreto 357/1991.
Calendario fiscal para la declaración de la Renta 2023-2024
El plazo para presentar la declaración de la Renta comenzará el 3 de abril de 2024 y finalizará el 1 de junio del mismo año. Es crucial cumplir con estas fechas, ya que el incumplimiento podría resultar en multas o sanciones por parte de Hacienda.
A continuación, se detallan las fechas clave de la campaña de la renta:
- Desde el 12 de marzo: Solicitud del número de referencia.
- Desde el 19 de marzo: Acceso a los datos fiscales.
- Del 3 de abril al 1 de julio: Presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio.
- Del 7 de mayo al 1 de julio: Presentación por teléfono de la declaración de Renta, previa cita.
- Del 3 de junio al 1 de julio: Presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria de la declaración de Renta, también con cita previa.
- Hasta el 26 de junio: Declaración anual de Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
- Hasta el 1 de julio: Declaración anual de Renta y Patrimonio 2023 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
- Hasta el 5 de noviembre: Fecha límite para abonar el segundo pago de la declaración anual de 2023.
Para agendar una cita previa con la Agencia Tributaria, los ciudadanos pueden comunicarse por teléfono o realizar la solicitud en línea.
Con esta información clara y precisa, los jubilados pueden prepararse adecuadamente para cumplir con sus obligaciones fiscales durante la campaña de la Renta 2023-2024.