Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social N.º 3 de Logroño ha sentado un precedente importante para la conciliación laboral y familiar en España. Este fallo permite a dos progenitores que trabajan en el mismo departamento de una empresa reducir su jornada laboral simultáneamente para cuidar de su hijo menor, siempre que sus horarios no se solapen.
La decisión, basada en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, destaca que las empresas deben justificar con razones objetivas y debidamente motivadas cualquier negativa a estas solicitudes. En este caso, la empresa no logró demostrar perjuicios significativos derivados de la reducción de horario solicitada, lo que resultó en la concesión del derecho al trabajador demandante.
Además, la sentencia refuerza los derechos de conciliación establecidos en 2023, cuando se ampliaron los beneficiarios de este tipo de reducciones horarias. Este fallo subraya la importancia de garantizar la compatibilidad entre la vida profesional y familiar, especialmente en situaciones donde ambos progenitores trabajan en el mismo entorno laboral.
¿Qué establece el Estatuto de los Trabajadores sobre la reducción de jornada?
El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores regula el derecho a la reducción de jornada por motivos de cuidado. Este apartado establece que:
- Los trabajadores pueden solicitar una reducción proporcional de su horario, y por tanto de su salario, para cuidar a menores de 12 años u otros familiares dependientes.
- La reducción puede variar entre un octavo y la mitad de la jornada laboral.
- Si varios trabajadores de la misma empresa generan este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario puede limitar su ejercicio simultáneo, pero solo por razones fundadas y objetivas, que deben estar justificadas por escrito.
En el caso resuelto por el juzgado de Logroño, la empresa no cumplió con esta obligación, ya que no presentó evidencia de los perjuicios que podrían derivarse de aceptar las reducciones solicitadas por ambos padres.
¿Qué implica la sentencia del Juzgado de Logroño?
El fallo emitido por el Juzgado de lo Social N.º 3 de Logroño establece que, aunque ambos progenitores trabajen en el mismo departamento, pueden disfrutar de una reducción de jornada simultáneamente si no coinciden sus horarios.
En este caso, el padre había solicitado la reducción al final de su jornada, mientras que la madre la aplicaba al principio. Según el tribunal, esta distribución horaria evita cualquier solapamiento y minimiza el impacto en la operativa de la empresa.
Además, la sentencia destaca que la negativa empresarial fue infundada, ya que no se presentaron pruebas de cómo estas reducciones afectarían al funcionamiento interno. Esto refuerza el deber de las empresas de proporcionar explicaciones claras y fundamentadas cuando rechacen solicitudes de conciliación.
¿Cómo afecta esta decisión a los derechos de conciliación en España?
Este fallo refuerza los derechos de conciliación laboral y familiar en el país, destacando varios puntos clave:
- Reafirmación de los derechos de los trabajadores: La sentencia confirma que los empleados pueden solicitar ajustes en su horario siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley, incluso en situaciones complejas como compartir departamento con su pareja.
- Obligación de las empresas: Las empresas deben justificar cualquier negativa basándose en razones específicas y objetivas. Esto evita abusos y protege los derechos de los trabajadores.
- Impacto en la conciliación familiar: Este fallo beneficia especialmente a las familias donde ambos progenitores trabajan, proporcionando una herramienta adicional para cuidar de sus hijos sin sacrificar completamente sus carreras.
Un avance significativo en conciliación
En conclusión, esta sentencia no solo resuelve un caso específico, sino que marca un hito en la lucha por la conciliación laboral y familiar en España. La decisión recuerda que los derechos de los trabajadores no pueden ser ignorados por las empresas sin justificación clara y que el cuidado de los menores debe ser una prioridad compartida entre familias, empresas y legisladores.
El fallo también señala que, con medidas adecuadas, las empresas pueden garantizar tanto el funcionamiento interno como el respeto a los derechos de sus empleados, estableciendo un modelo más equilibrado y justo para el futuro.
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