Más de 4,8 millones de jubilados, junto con sus herederos, tendrán la oportunidad de solicitar la devolución del IRPF por las aportaciones realizadas a antiguas mutualidades, según estimaciones de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
La Agencia Tributaria ya ha habilitado un formulario para que estos pensionistas puedan reclamar la devolución de los pagos realizados en exceso en el IRPF desde 2019 hasta 2023, periodos no prescritos, por las contribuciones realizadas a las mutualidades en su momento y que no pudieron ser deducidas en el impuesto.
¿Cómo se solicita la devolución?
Gestha señala que el proceso para la presentación del formulario de devolución es sencillo. Solo se requiere completar el nombre, número de identificación fiscal (NIF) y cuenta bancaria, y enviarlo mediante certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve o Referencia.
Los jubilados no necesitan aportar ninguna documentación adicional, ya que Hacienda la ha solicitado previamente a la Seguridad Social.
Sin embargo, los técnicos del Ministerio de Hacienda sugieren que las personas mayores de 65 años pueden acudir personalmente a una oficina de la Agencia Tributaria sin cita previa para recibir ayuda para completar y enviar la solicitud.
También tienen la opción de solicitar asistencia telefónica.
Si el pensionista no ha presentado las declaraciones de 2019 a 2022 debido a que no está obligado por su nivel de renta, al presentar las solicitudes se autoriza a Hacienda a hacerlo en su nombre.
Se exceptúan los casos en que la declaración resulte negativa para el contribuyente o implique la pérdida del mínimo por ascendente para uno de sus hijos.
Esto se hace para evitar cualquier perjuicio para el pensionista. La reducción correspondiente al año 2023 se reembolsará directamente a través de la declaración de la Renta de este ejercicio, que debe presentarse a partir del próximo 3 de abril.
En el modelo de declaración aparecerá el concepto de Ajuste por Mutualidades, y la reducción se aplicará automáticamente.
¿Quiénes son elegibles para la devolución?
Los beneficiarios de esta devolución son aquellos que no dedujeron el 25% de las aportaciones de la base imponible del impuesto en su momento.
Esto incluye a quienes recibieron pensiones de jubilación de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, así como pensiones complementarias y complementos a la pensión principal de algunos funcionarios pagados por fondos especiales de entidades públicas.
Además, los herederos de los mutualistas fallecidos entre 2019 y 2023 también pueden solicitar la reducción presentando el modelo H100 de solicitud de pagos de devolución a herederos.
¿Qué no está cubierto por esta medida?
Esta medida no afecta a las aportaciones a mutualidades laborales de autónomos que ya fueron deducibles en su momento, a los funcionarios públicos que solo estuvieron incluidos en el régimen de Clases Pasivas durante toda su vida laboral, a las pensiones de viudedad ni a las pensiones no contributivas.
Según estimaciones de los técnicos del Ministerio de Hacienda, más de 4,8 millones de jubilados podrán beneficiarse de estas devoluciones.
Los afectados están distribuidos en diferentes comunidades autónomas, con un mayor porcentaje en Cataluña (19,95%), seguido de Andalucía (15,17%) y Madrid (14,13%).
Los contribuyentes con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra en el momento de realizar las aportaciones deberán solicitar la aplicación de la reducción a las instituciones forales correspondientes.