En un paso significativo para la clarificación de las normativas en torno al permiso parental de 8 semanas, la Seguridad Social ha emitido una orden destacando que las empresas están obligadas a cotizar por sus trabajadores durante el disfrute de este permiso, aunque no esté retribuido.
Esta determinación resuelve el punto más controvertido desde la implementación de esta medida, ofreciendo claridad sobre las responsabilidades de empleadores y trabajadores durante este periodo.
Permiso parental: Un desafío en el camino de la conciliación laboral
Desde su entrada en vigor el 30 de junio, el permiso parental de 8 semanas ha sido objeto de atención y, en algunos casos, de confusión entre los trabajadores.
Aunque presentado como una medida de conciliación por el Gobierno, la falta de retribución durante todo el periodo no ha estado exenta de críticas.
El compromiso gubernamental de hacerlo parcialmente retribuido antes de agosto ha aliviado en parte esta preocupación.
La directiva de conciliación europea en juego: Solo cuatro semanas serán retribuidas
La no retribución completa del permiso parental incumple la Directiva de Conciliación Europea 2019/1158, ratificada por España.
A pesar del compromiso gubernamental de hacerlo parcialmente retribuido, solo cuatro de las ocho semanas serán compensadas económicamente.
Este aspecto ha generado debate y ha llevado a cuestionar la efectividad real de esta medida en términos de conciliación.
Obligación empresarial: Cotizar durante el permiso parental
Una de las incertidumbres que rodeaba al permiso parental era si las empresas estaban obligadas a cotizar por los trabajadores que lo disfrutaban, dado que este periodo se considera «causa de suspensión del contrato».
La Seguridad Social, mediante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, ha emitido un comunicado aclaratorio.
Según este, durante el disfrute del permiso parental a tiempo completo, las empresas deben mantener el alta y la cotización respecto al trabajador, despejando así cualquier duda sobre esta obligación.
«Durante el disfrute del permiso parental a tiempo completo deberá mantenerse el alta y la cotización respecto de la persona trabajadora», especifica la Dirección General.
A pesar de que el permiso parental se considere una suspensión del contrato, la Seguridad Social argumenta que conserva su naturaleza de permiso. Imponiendo así la obligación de cotizar, de acuerdo con el artículo 69 sobre situaciones de permanencia en alta sin retribución, del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
Detalles sobre las cotizaciones durante el permiso parental
En términos prácticos, los trabajadores seguirán cotizando durante el permiso parental, y las empresas deberán tener en cuenta ciertos detalles.
Para las contingencias comunes, la base de cotización será la mínima correspondiente al grupo de la categoría profesional del trabajador. En cuanto a las contingencias profesionales, la base de cotización estará sujeta a los topes mínimos establecidos en el Reglamento General.
La identificación de estas situaciones se llevará a cabo a través del valor 20-PERMISO PARENTAL TIEMPO COMPLETO- en el campo ‘TIPO DE INACTIVIDAD’ en el ámbito de afiliación. Pero, la fecha exacta de entrada en vigor aún está por determinarse.
Pendiente: Permiso parental a tiempo parcial
Aclarada la obligación de cotizar, la incertidumbre persiste en relación con el inicio de la vigencia del permiso parental disfrutado a tiempo parcial.
La Seguridad Social informa que este aspecto está «pendiente de desarrollo reglamentario», y cómo se podrá disfrutar a tiempo parcial aún no ha sido establecido.
El artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores indica que el permiso parental puede disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial. Pero, la falta de desarrollo reglamentario deja en suspenso los detalles específicos de esta modalidad.
La incógnita sobre la vigencia y flexibilidad del permiso parental a tiempo parcial espera ser resuelta con el correspondiente desarrollo reglamentario.
En el ínterin, la clarificación sobre la obligación de cotizar durante el permiso parental a tiempo completo proporciona una guía para empleadores y trabajadores.