La Agencia Tributaria anuncia una vía ágil para que los jubilados que fueron parte de mutualidades laborales recuperen el IRPF pagado en exceso entre 1967 y 1978, según lo establecido por el Tribunal Supremo.
Este proceso, sin necesidad de documentación adicional, aliviará a los afectados y simplificará la reclamación.
Desafíos ante la reclamación del IRPF por aportaciones a mutualidades laborales
La acreditación de la condición de antiguo mutualista y las cantidades aportadas a mutualidades laborales se ha convertido en un desafío para aquellos que buscan la devolución de impuestos pagados en exceso en el IRPF entre los años 1967 y 1978.
La dificultad radica en la antigüedad de estos pagos, situando a los afectados en la compleja tarea de documentar transacciones realizadas hace más de cuatro décadas.
Iniciativa de la Agencia Tributaria para simplificar reclamaciones
Hacienda responde a esta problemática con la implementación de un canal rápido y sencillo. A partir del 20 de marzo, la Agencia Tributaria pondrá a disposición de los jubilados un formulario que permitirá reclamar sin la necesidad de presentar documentación adicional.
Esta medida busca aliviar la carga para los afectados y simplificar el proceso de recuperación de impuestos.
Así funciona el nuevo proceso de reclamación
La Agencia Tributaria, en colaboración con la Seguridad Social y otros organismos, se compromete a acreditar de oficio la condición de mutualista de los afectados.
Esta colaboración permitirá obtener información relevante sin requerir a los jubilados la presentación de documentos adicionales. La Agencia señala que la información sobre la vida laboral será recabada automáticamente.
Histórico judicial y reconocimiento del Supremo
Hace aproximadamente un año, el Tribunal Supremo dictaminó que las aportaciones a mutualidades laborales debían recibir el mismo trato que las cotizaciones a la Seguridad Social.
Este fallo establece que, al igual que las cotizaciones, estas aportaciones deberían restarse de la base tributaria en el IRPF.
La situación hasta el 1 de enero de 1979 difería, ya que las aportaciones a mutualidades laborales tributaban como cualquier otro rendimiento del trabajo.
Fecha de disponibilidad del formulario y periodo de reclamación
A partir del 20 de marzo, los jubilados podrán acceder a un formulario sencillo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este formulario permitirá solicitar devoluciones correspondientes al periodo 2019-2023.
La Agencia tiene la intención de incluir de oficio en el programa Renta Web la regularización correspondiente al ejercicio de 2023.
¿Qué implica la Sentencia del Supremo en la devolución?
Conforme a la sentencia del Supremo, la Agencia Tributaria deberá aplicar una reducción del 25% sobre la base imponible del IRPF de los afectados. Este porcentaje se relaciona con la parte de la pensión generada por las aportaciones a las antiguas mutualidades laborales.
En resumen, la iniciativa de la Agencia Tributaria simplificará significativamente el proceso de reclamación para los jubilados afectados, brindando una solución eficiente y evitando la necesidad de aportar documentación extensa.
La disponibilidad del formulario a partir del 20 de marzo marca un paso importante hacia la resolución de este complejo escenario tributario.