En el cambiante panorama de las pensiones de jubilación, un reciente ajuste en las cotizaciones a la Seguridad Social ha despertado interrogantes entre aquellos que han trabajado a media jornada.
La incertidumbre gira en torno a cuántos años de cotización son necesarios para acceder a la pensión de jubilación, considerando el nuevo escenario introducido por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.
La transformación en las cotizaciones a media jornada
Desde el 1 de octubre de 2023, el artículo 247 de este decreto establece un cambio significativo: las personas contratadas a jornada parcial verán sus cotizaciones equiparadas a las de aquellos que trabajan a jornada completa.
Este ajuste se convierte en una pieza fundamental en el cómputo de los periodos de cotización necesarios para acceder a la pensión de jubilación.
Requisitos y condiciones para la equiparación
Esta equiparación solo se aplica cuando se demuestre a la Seguridad Social una cotización mínima de 15 años, con dos de esos años dentro de los 15 anteriores a la solicitud.
Cabe destacar que esta medida no se limita a los solicitantes de jubilación, sino que también afecta a aquellos que reciben prestaciones por incapacidad permanente, por muerte y supervivencia, por nacimiento del menor y su cuidado, y por incapacidad temporal.
¿Quiénes se benefician de esta equiparación?
Los principales beneficiarios de esta equiparación son aquellos trabajadores contratados de forma indefinida pero bajo la personalidad de fijos-discontinuos.
Este grupo, tratado como trabajadores a tiempo parcial a efectos del sistema de la Seguridad Social, verá mejoradas sus condiciones según lo establecido en el artículo 248.2 del texto legal.
Antecedentes legales y efectos retroactivos
Es esencial comprender que esta medida, aunque reflejada en el Real Decreto-ley 2/2023, tiene sus raíces en sentencias anteriores del Tribunal Constitucional (91/2019 y 155/2021).
Aunque entró en vigor en octubre del año pasado, sus efectos son retroactivos desde el 1 de enero de 2023.
Calculando la pensión de jubilación a jornada parcial
La pensión de jubilación a jornada parcial implica un cálculo cuidadoso de la base reguladora. Tomando las bases de cotización de los últimos 25 años antes de la jubilación (equivalentes a 300 meses) y dividiéndolas entre 350, se obtiene la base reguladora, que representa el 100% de la pensión a la que se tiene derecho.
Porcentajes según años cotizados
La cantidad final de la pensión depende de los años cotizados. Con 15 años, se tiene derecho al 50% de la base reguladora. Luego, se aplican incrementos mensuales adicionales hasta alcanzar el 100% con 36 años y 6 meses de cotización.
Complemento a mínimos: Garantizando la jubilación
Si tras los cálculos la pensión resulta inferior al mínimo establecido por ley, se puede solicitar el complemento a mínimos. Este paso asegura que el jubilado reciba al menos la cuantía mínima fijada para las pensiones contributivas en 2024.
En conclusión, este cambio en las cotizaciones a media jornada representa una oportunidad para mejorar las condiciones de jubilación de ciertos trabajadores.
Sin embargo, es fundamental comprender los requisitos y realizar cálculos precisos para garantizar una planificación efectiva de la jubilación a jornada parcial.
La Seguridad Social evoluciona, y es responsabilidad de los trabajadores entender y aprovechar estas modificaciones para asegurar un futuro financiero sólido.