En España, cada año se registran más de 650.000 accidentes laborales, una cifra que refleja la magnitud de un problema que continúa presente en la mayoría de sectores productivos. Muchos de estos incidentes dejan secuelas físicas permanentes, aunque no impiden que el trabajador pueda reincorporarse a su puesto habitual. Lo que gran parte de los afectados desconoce es que estas lesiones dan acceso a una indemnización económica directa, regulada por la Ley General de la Seguridad Social.
La normativa establece un sistema de compensación mediante el cual un empleado puede percibir hasta 9.512 euros, dependiendo del tipo y alcance de la lesión sufrida. El objetivo es reconocer el impacto real que una secuela puede tener en la vida laboral y personal del afectado. Aunque no genere una incapacidad permanente, sí implica una merma en su integridad física, motivo por el que el sistema protege al trabajador frente a las consecuencias del accidente.
Este derecho está recogido en el artículo 201 de la LGSS, que regula un catálogo de 110 lesiones evaluadas y baremadas para determinar la cuantía económica correspondiente. Estas compensaciones se articulan en un pago único, conocido como indemnización a tanto alzado, y representan una vía de apoyo para quienes, pese a mantener su actividad laboral, deben afrontar los efectos duraderos de un accidente laboral.
La lista oficial, incluida en la Orden ISM/450/2023, contempla secuelas que afectan a la cabeza, extremidades, órganos internos, rostro, visión, audición y otras funciones esenciales del cuerpo. La legislación también prevé recargos en caso de comprobarse que el empresarial incumplió las medidas de seguridad. Esto puede elevar la compensación entre un 30% y un 50% adicional, una cifra que la empresa debe abonar directamente como sanción.
¿Quién tiene derecho a cobrar esta indemnización por lesiones laborales?
La indemnización está dirigida a quienes sufren una lesión de carácter definitivo derivada de un accidente laboral o una enfermedad profesional. La clave es que la secuela debe ser permanente y no susceptible de mejora médica. Para acceder a la compensación, la lesión no puede provocar una incapacidad permanente, ya que en ese caso el trabajador recibiría otro tipo de prestación dentro del sistema de Seguridad Social.
El proceso comienza con la valoración del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), encargado de evaluar el alcance de la lesión y determinar si cumple los requisitos legales. Posteriormente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua colaboradora emiten la resolución que reconoce, o deniega, el derecho al cobro. La decisión final depende de informes médicos, documentación clínica y análisis funcional de la secuela.
La normativa protege al trabajador incluso cuando puede seguir desempeñando su empleo habitual. Esto significa que una persona puede reincorporarse a su puesto y, aun así, recibir una compensación económica por la disminución física sufrida. Es un mecanismo destinado a garantizar un resarcimiento por daños corporales permanentes que afectan la calidad de vida del empleado.
¿Cómo se calculan las cuantías y qué lesiones están incluidas en la normativa?
El importe de la indemnización depende del tipo de lesión. El baremo oficial recoge desde secuelas leves hasta daños de gran gravedad, como deformaciones faciales severas o pérdida total de un órgano. Las cuantías oscilan entre cientos de euros y los 9.512 euros, establecidos para los casos más serios dentro del catálogo.
Entre las lesiones contempladas se incluyen alteraciones de la visión, pérdidas auditivas, deformidades del rostro, amputaciones parciales de dedos, lesiones articulares, rigideces, daños en extremidades inferiores y secuelas que afectan a órganos internos. Cada lesión tiene asignada una cantidad mínima y, en algunos casos, una cuantía máxima, lo que permite adaptarse a la gravedad real del daño.
Es importante recordar que estas indemnizaciones representan el mínimo obligatorio. Cuando se demuestra que el accidente ocurrió por falta de medidas preventivas, la empresa está obligada a abonar un recargo de entre el 30% y el 50%. Esta sanción constituye un elemento disuasorio y refuerza la obligación empresarial de garantizar unas condiciones laborales seguras y adecuadas.
¿Cuándo y dónde debe solicitarse la indemnización por secuelas laborales?
La solicitud debe presentarse una vez que las lesiones hayan sido declaradas definitivas. El trabajador puede iniciar el trámite ante el INSS o a través de la mutua colaboradora, según quién gestione la contingencia. Es fundamental aportar todos los informes médicos, pruebas diagnósticas y documentación relacionada con el accidente.
El proceso administrativo puede extenderse varias semanas, ya que incluye evaluación clínica, revisión técnica y resolución administrativa. Una vez aprobada la indemnización, el pago se efectúa en un único abono. Si la resolución es negativa, el trabajador puede presentar alegaciones o iniciar un procedimiento de reclamación previa, paso indispensable antes de acudir a la vía judicial.
Este sistema de compensación pretende garantizar que ningún empleado quede desprotegido tras sufrir un accidente laboral, incluso cuando mantiene su actividad profesional. El reconocimiento de las secuelas y su compensación económica es un mecanismo que refuerza la protección social de miles de trabajadores en España.
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