Cuando te adentras en el mundo del alquiler de una vivienda, es esencial comprender los límites y restricciones que impone el casero.
Más allá de ser un simple inquilino, debes estar al tanto de las prerrogativas que el propietario tiene el derecho de imponer.
Aunque tu hogar temporalmente se convierta en tu espacio personal, existen ciertas acciones que el casero puede prohibirte, respaldado por la ley y el contrato de alquiler.
En un contrato de arrendamiento, cada palabra cuenta. Es crucial leer minuciosamente cada cláusula y, en caso de dudas, no firmar sin aclararlas.
Si bien algunas restricciones pueden parecer excesivas o injustas, es importante reconocer que el casero tiene la potestad de incluirlas. Sin embargo, existen límites claros y regulaciones legales que delimitan su alcance.
¿Qué puede prohibir el casero al inquilino?
- Fumar dentro de la vivienda: Esta prohibición debe estar explícitamente estipulada en el contrato de arrendamiento para ser válida legalmente.
- Tener mascotas: La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite a los propietarios establecer cláusulas que restrinjan o prohíban la presencia de mascotas en la propiedad alquilada.
- Realizar obras: Cualquier modificación estructural en la vivienda requiere el permiso expreso del propietario. En caso de llevar a cabo obras sin autorización, estas deben ser reversibles y no comprometer la estabilidad o seguridad del inmueble.
Estas son solo algunas de las restricciones que el casero puede imponer, pero no son las únicas.
¿Qué otras prohibiciones pueden establecerse?
- Actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas: Estas acciones pueden considerarse motivo de extinción del contrato de arrendamiento según lo dispuesto en el artículo 27 de la LAU.
- Uso de áreas comunitarias: Aunque poco común, el casero podría vedar al inquilino el acceso a áreas como la piscina comunitaria, siempre que esta restricción esté claramente especificada en el contrato de alquiler.
¿Qué derechos conserva el inquilino?
A pesar de las prohibiciones que el casero puede imponer, existen derechos inalienables que el inquilino conserva:
- Cambiar la cerradura: El inquilino tiene el derecho de cambiar la cerradura de la vivienda sin la necesidad de obtener el consentimiento previo del casero.
- Recibir visitas: El casero no puede prohibir al inquilino recibir visitas en la propiedad alquilada.
Al comprender las limitaciones y los derechos tanto del casero como del inquilino, se establece un equilibrio que garantiza una convivencia armoniosa y respetuosa dentro del marco legal establecido.