El panorama de las pensiones en España experimentará significativos cambios a partir del 1 de enero de 2024. Una serie de ajustes impactarán no solo en la edad requerida para jubilarse, sino también en los años cotizados y la cuantía de las pensiones.
A continuación, analizamos detalladamente estas modificaciones que marcarán la pauta para los jubilados del futuro.
Edad de jubilación: ¿Cuáles son los nuevos requisitos?
La edad necesaria para obtener el 100% de la pensión se incrementa a partir de este año. Aquellos que aspiren a jubilarse con el beneficio completo deberán haber cumplido los 66 años y seis meses.
Este ajuste, derivado de la reforma de pensiones de 2013, implica un aumento gradual desde los 65 años hasta los 67 en un periodo de 15 años.
Cuantía de las pensiones: Aumentos y revalorizaciones
En lo que respecta a la cuantía de las pensiones, se observan varios cambios:
- Las pensiones contributivas aumentarán un del 3,8%.
- Las pensiones mínimas contributivas se verán incrementadas en un 6,9%.
- Las pensiones de viudas con cargas familiares registrarán una revalorización notable del 14,1%, ascendiendo de los actuales 905,9 euros a los 1.033,6 euros mensuales.
- Las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) también experimentarán un incremento del 6,9%.
Cambios en los años cotizados: Un enfoque hacia el futuro
La reforma establece nuevos requisitos para los años cotizados:
- La edad exigida para quienes cuenten con menos de 38 años de cotización será de 66 años y seis meses.
- Aquellos que aspiren a jubilarse con 65 años y obtener el 100% de la pensión deberán haber cotizado durante al menos 38 años.
Con estos cambios, se persigue la meta de establecer, a partir de 2027, una edad legal de jubilación de 67 años para quienes no alcancen los 38 años y medio de cotización.
Jubilación parcial y anticipada: Condiciones específicas
– Para acceder a la jubilación parcial sin un contrato de relevo empresarial, la edad mínima será la ordinaria de jubilación en cada caso.
– En caso de un contrato de relevo, la edad mínima para la jubilación parcial será, desde el 1 de enero de 2024, de 62 años y seis meses con 36 años o más cotizados, o de 64 meses con 33 años cotizados.
Jubilación anticipada: Opciones y coeficientes reductores
La Seguridad Social permite la jubilación anticipada de forma voluntaria hasta 24 meses antes de la edad legal ordinaria.
En el caso de jubilación anticipada involuntaria, es posible hacerlo hasta 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria. Sin embargo, se aplican coeficientes reductores sobre la pensión, dependiendo del tiempo de adelanto y el periodo de cotización.
Retrasar voluntariamente la jubilación después de la edad ordinaria conlleva una bonificación, que puede ser un 4% adicional de pensión, una cantidad fija o una combinación de ambos si se demora la jubilación dos años o más.
Estas reformas marcan un hito en el sistema de pensiones español, con el objetivo de adaptarse a las cambiantes dinámicas demográficas y económicas.