Las personas que cobran o van a solicitar una prestación o subsidio por desempleo ya pueden utilizar una nueva forma de realizar sus trámites con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Desde el 16 de julio de 2026 ha entrado en vigor una resolución que amplía los sistemas de identificación para las gestiones telemáticas y telefónicas, con el objetivo de facilitar el acceso a los servicios sin necesidad de desplazarse.
La medida beneficia especialmente a quienes tienen dificultades para acudir a una oficina o no disponen de un certificado digital. El SEPE refuerza además su Área Personal, que pasa a convertirse en el principal espacio para solicitar el paro, consultar expedientes, modificar datos personales o presentar documentación desde cualquier dispositivo con conexión a Internet.
Con este cambio, el organismo continúa avanzando en la digitalización de sus servicios. La nueva regulación establece mecanismos de identificación más flexibles tanto para los trámites realizados por Internet como por teléfono, manteniendo las garantías de seguridad y protección de los datos personales.
Qué cambia para solicitar el paro por Internet en el SEPE
La principal novedad es que el SEPE incorpora nuevos sistemas de identificación y firma electrónica para realizar trámites sin acudir presencialmente a una oficina. Hasta ahora, muchos procedimientos exigían disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Con la nueva regulación también podrán utilizarse otros métodos de verificación, incluidos códigos temporales en determinados trámites telemáticos y telefónicos.
El objetivo es que más ciudadanos puedan acceder a los servicios electrónicos del organismo. Además de solicitar la prestación contributiva o un subsidio, el usuario podrá consultar el estado de su expediente, modificar la cuenta bancaria, aportar documentación o revisar los pagos desde un único espacio digital.
Fechas clave
- 15 de julio de 2026: publicación de la resolución en el BOE.
- 16 de julio de 2026: entrada en vigor del nuevo sistema.
- 17 de julio de 2026: la medida ya está plenamente operativa.
Quién puede utilizar el nuevo sistema y qué requisitos hay
La nueva forma de identificación está dirigida a todas las personas que necesiten realizar trámites relacionados con las prestaciones y subsidios por desempleo de forma no presencial.
Requisitos
- Ser titular del trámite que se va a realizar.
- Identificarse mediante alguno de los sistemas admitidos por el SEPE.
- Acceder al Área Personal o a los canales habilitados por el organismo.
- Presentar la documentación requerida cuando el procedimiento lo exija.
Aunque continúan disponibles el certificado digital, el DNI electrónico y Cl@ve, el nuevo modelo incorpora alternativas para simplificar la identificación en determinados procedimientos.
Cómo solicitar el paro paso a paso con el nuevo sistema
Si vas a pedir el paro o realizar cualquier gestión relacionada con tu prestación, estos son los pasos que debes seguir:
- Accede al Área Personal del SEPE.
- Identifícate con alguno de los sistemas disponibles.
- Selecciona el trámite que deseas realizar.
- Rellena el formulario correspondiente.
- Adjunta la documentación si es necesaria.
- Firma electrónicamente o valida el trámite mediante el sistema de identificación habilitado.
- Guarda el justificante de presentación.
Este procedimiento permite realizar la mayoría de gestiones sin necesidad de solicitar cita previa ni desplazarse a una oficina del SEPE, lo que reduce los tiempos de espera y agiliza la tramitación.
El nuevo sistema ya está disponible
La nueva regulación del SEPE ya está en vigor y supone un paso más en la digitalización de los servicios públicos de empleo. A partir de ahora, miles de personas podrán gestionar su prestación por desempleo de forma más sencilla y con más opciones de identificación.
Si tienes que solicitar el paro o modificar cualquier dato de tu expediente, conviene hacerlo utilizando los nuevos canales digitales habilitados por el organismo. Recuerda que los plazos para pedir la prestación por desempleo siguen siendo los establecidos por la normativa, por lo que no conviene retrasar la solicitud una vez se produzca la situación legal de desempleo.




