La concesión de la pensión de incapacidad permanente es un proceso que depende de diversos factores, principalmente la dolencia y las limitaciones que esta ocasione.
La Seguridad Social, entidad encargada de esta prestación, no cuenta con una lista oficial de enfermedades que garanticen la incapacidad permanente, ya que cada caso se evalúa individualmente.
Proceso de evaluación y concesión de la incapacidad permanente
Cuando una persona se encuentra en la situación de no poder trabajar o hacerlo con limitaciones debido a un accidente o enfermedad, puede solicitar que se le reconozca una incapacidad permanente.
Este proceso involucra la evaluación por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que determinará el grado de incapacidad permanente.
Posteriormente, la solicitud debe ser aprobada por el Director Provincial de la Seguridad Social, quien establecerá el grado y la cuantía de la pensión de acuerdo con la base reguladora y el origen de la incapacidad (enfermedad común o accidente laboral).
No existe una lista oficial de enfermedades
Es importante destacar que la Seguridad Social no posee una lista oficial de enfermedades que automáticamente garanticen la concesión de la incapacidad permanente.
En este sentido, la presencia de una enfermedad en particular no siempre justifica la incapacidad. En lugar de ello, se evalúa la dolencia y su impacto en la capacidad laboral del individuo.
Dolencias físicas con mayores posibilidades de incapacidad permanente
Aunque no existe una lista exhaustiva, existen algunas dolencias físicas que pueden ser consideradas para la concesión de la pensión de incapacidad permanente. Algunas de estas dolencias incluyen:
- Cardiología: Arterioesclerosis, cardiopatías, infartos agudos de miocardio, entre otros.
- Aparato digestivo: Colitis ulcerosa, enfermedad de Crohn, obesidad mórbida, etc.
- Medicina interna: Fibromialgia, lupus eritematoso sistémico, síndrome de fatiga crónica, etc.
- Neurología: Alzheimer, esclerosis múltiple, ictus, enfermedad de Parkinson, etc.
- Oncología: Cáncer de mama, cáncer de pulmón, cáncer de recto, entre otros.
- Traumatología: Hernia cervical, lumbalgia, patologías graves de las extremidades, etc.
Concesión definitiva de la pensión
En resumen, la concesión de la pensión de incapacidad permanente en 2024 no se basa en una lista predeterminada de enfermedades, sino en la evaluación individual de cada caso por parte de la Seguridad Social.
Si una persona se encuentra en esta situación, es fundamental buscar asesoramiento profesional para iniciar el proceso de solicitud y evaluación de manera adecuada.